[{ "name": ["Capítulo Tercero del Título VIII", "Capítulo 3 Título 8", "Capítulo 3º Título VIII", "Capítulo Tercero Título Octavo", "De las Comunidades Autónomas"], "pattern": "/^cap[íi]t(?:\\. *|ulo)? *(?:tercero|3º?|tres) *(del)? *t[íi]t(?:\\. *|ulo)? *(viii|8º?|octavo)/i", "parent": "constitucion_espanola_1978_8", "id" : "constitucion_espanola_1978_8_3", "description": [ "De las Comunidades Autónomas.", "Este capítulo regula la constitución, competencias, organización y financiación de las Comunidades Autónomas en España." ], "children": [{ "name": ["Artículo 143", "Art. 143", "Centésimo cuadragésimo tercer Artículo", "Centésimo cuadragésimo tercer Art.", "143º Artículo", "143º Art."], "patterns": ["/^art(?:\\. *|[íi]culo)? *(?:143º?|cent[ée]simo *cuadrag[ée]simo *tercer[oa]?)/i", "/^(?:cent[ée]simo *cuadrag[ée]simo *tercer[oa]?|143(?:º|er)?) +art(?:\\. *|[íi]culo)?$/i"], "children": [{ "name": "Apartado 1", "description": "En el ejercicio del derecho a la autonomía reconocido en el artículo 2 de la Constitución, las provincias limítrofes con características históricas, culturales y económicas comunes, los territorios insulares y las provincias con entidad regional histórica podrán acceder a su autogobierno y constituirse en Comunidades Autónomas conforme a lo previsto en este Título y en los respectivos Estatutos." }, { "name": "Apartado 2", "description": "La iniciativa del proceso autonómico corresponde a todas las Diputaciones interesadas o al órgano interinsular correspondiente y a las dos terceras partes de los municipios cuya población represente al menos la mayoría del censo electoral de cada provincia o isla. Estas condiciones deberán ser cumplidas en el plazo de seis meses desde el primer acuerdo adoptado al respecto por alguna de las Corporaciones interesadas." }, { "name": "Apartado 3", "description": "Si esta iniciativa no prosperase, sólo podrá reiterarse pasados cinco años." }] }, { "name": ["Artículo 144", "Art. 144", "Centésimo cuadragésimo cuarto Artículo", "Centésimo cuadragésimo cuarto Art.", "144º Artículo", "144º Art."], "patterns": ["/^art(?:\\. *|[íi]culo)? *(?:144º?|cent[ée]simo *cuadrag[ée]simo *cuarto)/i", "/^(?:cent[ée]simo *cuadrag[ée]simo *cuarto|144(?:º|to)?) +art(?:\\. *|[íi]culo)?$/i"], "description": "Las Cortes Generales, mediante ley orgánica, podrán, por motivos de interés nacional:", "children": [{ "name": "Apartado a", "description": "Autorizar la constitución de una Comunidad Autónoma cuando su ámbito no supere el de una provincia y no reúna las condiciones del artículo anterior." }, { "name": "Apartado b", "description": "Asimismo, podrán, en el mismo caso y mediante el mismo procedimiento, sustituir la iniciativa de las Corporaciones locales a que se refiere el artículo anterior." }, { "name": "Apartado c", "description": "Sustituir la iniciativa de las Corporaciones locales a que se refiere el apartado 2 del artículo 143." }] }, { "name": ["Artículo 145", "Art. 145", "Centésimo cuadragésimo quinto Artículo", "Centésimo cuadragésimo quinto Art.", "145º Artículo", "145º Art."], "patterns": ["/^art(?:\\. *|[íi]culo)? *(?:145º?|cent[ée]simo *cuadrag[ée]simo *quinto)/i", "/^(?:cent[ée]simo *cuadrag[ée]simo *quinto|145(?:º|to)?) +art(?:\\. *|[íi]culo)?$/i"], "children": [{ "name": "Apartado 1", "description": "En ningún caso se admitirá la federación de Comunidades Autónomas." }, { "name": "Apartado 2", "description": "Los Estatutos podrán prever la cooperación entre Comunidades Autónomas. En caso contrario, los acuerdos de cooperación requerirán la autorización de las Cortes Generales." }] }, { "name": ["Artículo 146", "Art. 146", "Centésimo cuadragésimo sexto Artículo", "Centésimo cuadragésimo sexto Art.", "146º Artículo", "146º Art."], "patterns": ["/^art(?:\\. *|[íi]culo)? *(?:146º?|cent[ée]simo *cuadrag[ée]simo *sexto)/i", "/^(?:cent[ée]simo *cuadrag[ée]simo *sexto|146(?:º|to)?) +art(?:\\. *|[íi]culo)?$/i"], "description": "El proyecto de Estatuto será elaborado por una asamblea compuesta por los miembros de la Diputación u órgano interinsular y por los Diputados y Senadores elegidos en las provincias o territorios interesados, y será remitido a las Cortes Generales para su tramitación como ley." }, { "name": ["Artículo 147", "Art. 147", "Centésimo cuadragésimo séptimo Artículo", "Centésimo cuadragésimo séptimo Art.", "147º Artículo", "147º Art."], "patterns": ["/^art(?:\\. *|[íi]culo)? *(?:147º?|cent[ée]simo *cuadrag[ée]simo *s[ée]ptimo)/i", "/^(?:cent[ée]simo *cuadrag[ée]simo *s[ée]ptimo|147(?:º|mo)?) +art(?:\\. *|[íi]culo)?$/i"], "children": [{ "name": "Apartado 1", "description": "Dentro de los términos de la presente Constitución, los Estatutos serán la norma institucional básica de cada Comunidad Autónoma y el Estado los reconocerá y amparará como parte integrante de su ordenamiento jurídico." }, { "name": "Apartado 2", "description": "Los Estatutos de Autonomía deberán contener:", "children" : [{ "name" : "subapartado a", "description" : "La denominación de la Comunidad que mejor corresponda a su identidad histórica." }, { "name" : "subapartado b", "description" : "La delimitación de su territorio." }, { "name" : "subapartado c", "description" : "La denominación, organización y sede de las instituciones autónomas propias." }, { "name" : "subapartado d", "description" : "Las competencias asumidas y las bases para la transferencia de las competencias del Estado." }] }, { "name": "Apartado 3", "description": "La reforma de los Estatutos se ajustará al procedimiento establecido en los mismos y requerirá, en todo caso, la aprobación de las Cortes Generales mediante ley orgánica." }] }, { "name": ["Artículo 148", "Art. 148", "Centésimo cuadragésimo octavo Artículo", "Centésimo cuadragésimo octavo Art.", "148º Artículo", "148º Art."], "patterns": ["/^art(?:\\. *|[íi]culo)? *(?:148º?|cent[ée]simo *cuadrag[ée]simo *octavo)/i", "/^(?:cent[ée]simo *cuadrag[ée]simo *octavo|148(?:º|vo)?) +art(?:\\. *|[íi]culo)?$/i"], "children": [{ "name": "Apartado 1", "description": "Las Comunidades Autónomas podrán asumir competencias en las siguientes materias: organización de sus instituciones de autogobierno; alteración de los términos municipales; ordenación del territorio, urbanismo y vivienda; obras públicas de interés de la Comunidad; ferrocarriles, carreteras y transportes cuyo itinerario se desarrolle íntegramente en su territorio; puertos y aeropuertos de interés de la Comunidad; agricultura y ganadería; montes y aprovechamientos forestales; gestión en materia de protección del medio ambiente; proyectos, construcción y explotación de los aprovechamientos hidráulicos, canales y regadíos de interés de la Comunidad; pesca en aguas interiores, marisqueo y acuicultura; caza y pesca fluvial; ferias interiores; promoción y ordenación del turismo en su ámbito; promoción de la cultura, investigación y enseñanza de la lengua propia de la Comunidad; asistencia social; sanidad e higiene; y otras materias que puedan ser asumidas según los Estatutos.", "children" : [{ "name" : "Materia 1ª", "description" : "Organización de sus instituciones de autogobierno." }, { "name" : "Materia 2ª", "description" : "Las alteraciones de los términos municipales comprendidos en su territorio y, en general, las funciones que correspondan a la Administración del Estado sobre las Corporaciones locales y cuya transferencia autorice la legislación sobre Régimen Local." }, { "name" : "Materia 3ª", "description" : "Ordenación del territorio, urbanismo y vivienda." }, { "name" : "Materia 4ª", "description" : "Las obras públicas de interés de la Comunidad Autónoma en su propio territorio." }, { "name" : "Materia 5ª", "description" : "Los ferrocarriles y carreteras cuyo itinerario se desarrolle íntegramente en el territorio de la Comunidad Autónoma y, en los mismos términos, el transporte desarrollado por estos medios o por cable." }, { "name" : "Materia 6ª", "description" : "Los puertos de refugio, los puertos y aeropuertos deportivos y, en general, los que no desarrollen actividades comerciales." }, { "name" : "Materia 7ª", "description" : "la agricultura y ganadería, en el marco de la ordenación general de la economía." }, { "name" : "Materia 8ª", "description" : "Los montes y aprovechamientos forestales." }, { "name" : "Materia 9ª", "description" : "La gestión en materia de protección del medio ambiente." }, { "name" : "Materia 10ª", "description" : "Los proyectos, construcción y explotación de los aprovechamientos hidráulicos, canales y regadíos de interés de la Comunidad Autónoma; las aguas minerales y termales." }, { "name" : "Materia 11ª", "description" : "La pesca en aguas interiores, el marisqueo y la acuicultura, la caza y la pesca fluvial." }, { "name" : "Materia 12ª", "description" : "Ferias interiores." }, { "name" : "Materia 13ª", "description" : "El fomento del desarrollo económico de la Comunidad Autónoma dentro de los objetivos marcados por la política económica nacional." }, { "name" : "Materia 14ª", "description" : "La artesanía." }, { "name" : "Materia 15ª", "description" : "Museos, bibliotecas y conservatorios de música de interés para la Comunidad Autónoma." }, { "name" : "Materia 16ª", "description" : "Patrimonio monumental de interés de la Comunidad Autónoma." }, { "name" : "Materia 17ª", "description" : "El fomento de la cultura, de la investigación y, en su caso, de la enseñanza de la lengua de la Comunidad Autónoma." }, { "name" : "Materia 18ª", "description" : "Promoción y ordenación del turismo en su ámbito territorial." }, { "name" : "Materia 19ª", "description" : "Promoción del deporte y de la adecuada utilización del ocio." }, { "name" : "Materia 20ª", "description" : "Asistencia social." }, { "name" : "Materia 21ª", "description" : "Sanidad e higiene." }, { "name" : "Materia 22ª", "description" : "La vigilancia y protección de sus edificios e instalaciones. La coordinación y demás facultades en relación con las policías locales en los términos que establezca una ley orgánica." }] }, { "name": "Apartado 2", "description": "Tras cinco años, las Comunidades Autónomas podrán ampliar sus competencias dentro del marco establecido en el artículo 149." }] }, { "name": ["Artículo 149", "Art. 149", "Centésimo cuadragésimo noveno Artículo", "Centésimo cuadragésimo noveno Art.", "149º Artículo", "149º Art."], "patterns": ["/^art(?:\\. *|[íi]culo)? *(?:149º?|cent[ée]simo *cuadrag[ée]simo *noveno)/i", "/^(?:cent[ée]simo *cuadrag[ée]simo *noveno|149(?:º|no)?) +art(?:\\. *|[íi]culo)?$/i"], "children": [{ "name": "Apartado 1", "description": "El Estado tiene competencia exclusiva sobre las siguientes materias:", "children": [{ "name": "Materia 1ª", "description": "La regulación de las condiciones básicas que garanticen la igualdad de todos los españoles en el ejercicio de los derechos y en el cumplimiento de los deberes constitucionales." }, { "name": "Materia 2ª", "description": "La nacionalidad, inmigración, emigración, extranjería y derecho de asilo." }, { "name": "Materia 3ª", "description": "Las relaciones internacionales." }, { "name": "Materia 4ª", "description": "La defensa y las Fuerzas Armadas." }, { "name": "Materia 5ª", "description": "La administración de Justicia." }, { "name": "Materia 6ª", "description": "La legislación mercantil, penal y penitenciaria; las normas procesales, sin perjuicio de las especialidades que en este orden se deriven de las particularidades del derecho sustantivo de las Comunidades Autónomas." }, { "name": "Materia 7ª", "description": "La legislación laboral; sin perjuicio de su ejecución por los órganos de las Comunidades Autónomas." }, { "name": "Materia 8ª", "description": "La legislación civil, sin perjuicio de la conservación, modificación y desarrollo por las Comunidades Autónomas de los derechos civiles, forales o especiales, allí donde existan." }, { "name": "Materia 9ª", "description": "La legislación sobre propiedad intelectual e industrial." }, { "name": "Materia 10ª", "description": "El régimen aduanero y arancelario; comercio exterior." }, { "name": "Materia 11ª", "description": "El sistema monetario: divisas, cambio y convertibilidad; bases de la ordenación de crédito, banca y seguros." }, { "name": "Materia 12ª", "description": "La legislación sobre pesas y medidas, determinación de la hora oficial." }, { "name": "Materia 13ª", "description": "Bases y coordinación de la planificación general de la actividad económica." }, { "name": "Materia 14ª", "description": "Hacienda general y Deuda del Estado." }, { "name": "Materia 15ª", "description": "Fomento y coordinación general de la investigación científica y técnica." }, { "name": "Materia 16ª", "description": "Sanidad exterior. Bases y coordinación general de la sanidad. Legislación sobre productos farmacéuticos." }, { "name": "Materia 17ª", "description": "Legislación básica y régimen económico de la Seguridad Social, sin perjuicio de la ejecución de sus servicios por las Comunidades Autónomas." }, { "name": "Materia 18ª", "description": "Las bases del régimen jurídico de las Administraciones Públicas y del régimen estatutario de sus funcionarios que, en todo caso, garantizarán a los administrados un tratamiento común ante ellas; el procedimiento administrativo común, sin perjuicio de las especialidades derivadas de la organización propia de las Comunidades Autónomas." }, { "name": "Materia 19ª", "description": "Pesca marítima, sin perjuicio de las competencias que en la ordenación del sector se atribuyan a las Comunidades Autónomas." }, { "name": "Materia 20ª", "description": "Marina mercante y abanderamiento de buques; iluminación de costas y señales marítimas; puertos de interés general; aeropuertos de interés general; control del espacio aéreo, tránsito y transporte aéreo; servicio meteorológico y matriculación de aeronaves." }, { "name": "Materia 21ª", "description": "Ferrocarriles y transportes terrestres que transcurran por el territorio de más de una Comunidad Autónoma; régimen general de comunicaciones; tráfico y circulación de vehículos a motor; correos y telecomunicaciones; cables aéreos, submarinos y radiocomunicación." }, { "name": "Materia 22ª", "description": "Legislación, ordenación y concesión de recursos y aprovechamientos hidráulicos cuando las aguas discurran por más de una Comunidad Autónoma, y autorización de instalaciones eléctricas cuando su aprovechamiento afecte a otra Comunidad o el transporte de energía salga de su ámbito territorial." }, { "name": "Materia 23ª", "description": "Legislación básica sobre protección del medio ambiente, sin perjuicio de las facultades de las Comunidades Autónomas de establecer normas adicionales de protección." }, { "name": "Materia 24ª", "description": "Obras públicas de interés general o cuya realización afecte a más de una Comunidad Autónoma." }, { "name": "Materia 25ª", "description": "Bases del régimen minero y energético." }, { "name": "Materia 26ª", "description": "Régimen de producción, comercio, tenencia y uso de armas y explosivos." }, { "name": "Materia 27ª", "description": "Normas básicas sobre prensa, radio y televisión y, en general, de todos los medios de comunicación social, sin perjuicio de las facultades que en su desarrollo y ejecución correspondan a las Comunidades Autónomas." }, { "name": "Materia 28ª", "description": "Defensa del patrimonio cultural, artístico y monumental español contra la exportación y la expoliación; museos, bibliotecas y archivos de titularidad estatal, sin perjuicio de su gestión por las Comunidades Autónomas." }, { "name": "Materia 29ª", "description": "Seguridad pública, sin perjuicio de la posibilidad de creación de policías por las Comunidades Autónomas en la forma que se establezca en los respectivos Estatutos y en el marco de lo que disponga una ley orgánica." }, { "name": "Materia 30ª", "description": "Regulación de las condiciones de obtención, expedición y homologación de títulos académicos y profesionales y normas básicas para el desarrollo del artículo 27 de la Constitución, a fin de garantizar el cumplimiento de las obligaciones de los poderes públicos en esta materia." }, { "name": "Materia 31ª", "description": "Estadística para fines estatales." }, { "name": "Materia 32ª", "description": "Autorización para la convocatoria de consultas populares por vía de referéndum." }] }, { "name": "Apartado 2", "description": "Sin perjuicio de lo dispuesto en el apartado anterior, las Comunidades Autónomas podrán asumir competencias en las materias no atribuidas expresamente al Estado por la Constitución." }, { "name": "Apartado 3", "description": "Las materias no atribuidas expresamente al Estado por la Constitución podrán corresponder a las Comunidades Autónomas en virtud de sus Estatutos." }] }, { "name": ["Artículo 150", "Art. 150", "Centésimo quincuagésimo Artículo", "Centésimo quincuagésimo Art.", "150º Artículo", "150º Art."], "patterns": ["/^art(?:\\. *|[íi]culo)? *(?:150º?|cent[ée]simo *quincuag[ée]simo)/i", "/^(?:cent[ée]simo *quincuag[ée]simo|150(?:º|mo)?) +art(?:\\. *|[íi]culo)?$/i"], "children": [{ "name": "Apartado 1", "description": "Las Cortes Generales, en materias de competencia estatal, podrán atribuir a todas o alguna de las Comunidades Autónomas la facultad de dictar para sí mismas normas legislativas en el marco de los principios, bases y directrices fijados por una ley estatal." }, { "name": "Apartado 2", "description": "El Estado podrá transferir o delegar en las Comunidades Autónomas, mediante ley orgánica, facultades correspondientes a materia de titularidad estatal que por su propia naturaleza sean susceptibles de transferencia o delegación." }, { "name": "Apartado 3", "description": "El Estado podrá dictar leyes que establezcan los principios necesarios para armonizar la actividad normativa de las Comunidades Autónomas, aun en materias atribuidas a la competencia de éstas, cuando así lo exija el interés general." }] }, { "name": ["Artículo 151", "Art. 151", "Centésimo quincuagésimo primer Artículo", "Centésimo quincuagésimo primer Art.", "151º Artículo", "151º Art."], "patterns": ["/^art(?:\\. *|[íi]culo)? *(?:151º?|cent[ée]simo *quincuag[ée]simo *primer[oa]?)/i", "/^(?:cent[ée]simo *quincuag[ée]simo *primer[oa]?|151(?:º|er)?) +art(?:\\. *|[íi]culo)?$/i"], "children": [{ "name": "Apartado 1", "description": "No será preciso dejar transcurrir el plazo de cinco años, a que se refiere el apartado 2 del artículo 148, cuando la iniciativa del proceso autonómico sea acordada dentro del plazo del artículo 143.2, además de por las Diputaciones o los órganos interinsulares correspondientes, por las tres cuartas partes de los municipios de cada una de las provincias afectadas que representen, al menos, la mayoría del censo electoral de cada una de ellas y dicha iniciativa sea ratificada mediante referéndum por el voto afirmativo de la mayoría absoluta de los electores de cada provincia en los términos que establezca una ley orgánica." }, { "name": "Apartado 2", "description": "En el supuesto previsto en el apartado anterior, el procedimiento para la elaboración del Estatuto será el siguiente:", "children": [{ "name": "1º", "description": "El Gobierno convocará a todos los Diputados y Senadores elegidos en las circunscripciones comprendidas en el ámbito territorial que pretenda acceder al autogobierno, para que se constituyan en Asamblea, a los solos efectos de elaborar el correspondiente proyecto de Estatuto de autonomía, mediante el acuerdo de la mayoría absoluta de sus miembros." }, { "name": "2º", "description": "Aprobado el proyecto de Estatuto por la Asamblea de Parlamentarios, se remitirá a la Comisión Constitucional del Congreso, la cual, dentro del plazo de dos meses, lo examinará con el concurso y asistencia de una delegación de la Asamblea proponente para determinar de común acuerdo su formulación definitiva." }, { "name": "3º", "description": "Si se alcanzare dicho acuerdo, el texto resultante será sometido a referéndum del cuerpo electoral de las provincias comprendidas en el ámbito territorial del proyectado Estatuto." }, { "name": "4º", "description": "Si el proyecto de Estatuto es aprobado en cada provincia por la mayoría de los votos válidamente emitidos, será elevado a las Cortes Generales. Los plenos de ambas Cámaras decidirán sobre el texto mediante un voto de ratificación. Aprobado el Estatuto, el Rey lo sancionará y lo promulgará como ley." }, { "name": "5º", "description": "De no alcanzarse el acuerdo a que se refiere el apartado 2 de este número, el proyecto de Estatuto será tramitado como proyecto de ley ante las Cortes Generales. El texto aprobado por éstas será sometido a referéndum del cuerpo electoral de las provincias comprendidas en el ámbito territorial del proyectado Estatuto. En caso de ser aprobado por la mayoría de los votos válidamente emitidos en cada provincia, procederá su promulgación en los términos del párrafo anterior." }] }, { "name": "Apartado 3", "description": "En los casos de los párrafos 4.º y 5.º del apartado anterior, la no aprobación del proyecto de Estatuto por una o varias provincias no impedirá la constitución entre las restantes de la Comunidad Autónoma proyectada, en la forma que establezca la ley orgánica prevista en el apartado 1 de este artículo." }] }, { "name": ["Artículo 152", "Art. 152", "Centésimo quincuagésimo segundo Artículo", "Centésimo quincuagésimo segundo Art.", "152º Artículo", "152º Art."], "patterns": ["/^art(?:\\. *|[íi]culo)? *(?:152º?|cent[ée]simo *quincuag[ée]simo *segundo)/i", "/^(?:cent[ée]simo *quincuag[ée]simo *segundo|152(?:º|do)?) +art(?:\\. *|[íi]culo)?$/i"], "children": [{ "name": "Apartado 1", "description": [ "En los Estatutos aprobados por el procedimiento a que se refiere el artículo anterior, la organización institucional autonómica se basará en una Asamblea Legislativa, elegida por sufragio universal, con arreglo a un sistema de representación proporcional que asegure, además, la representación de las diversas zonas del territorio; un Consejo de Gobierno con funciones ejecutivas y administrativas y un Presidente, elegido por la Asamblea, de entre sus miembros, y nombrado por el Rey, al que corresponde la dirección del Consejo de Gobierno, la suprema representación de la respectiva Comunidad y la ordinaria del Estado en aquélla. El Presidente y los miembros del Consejo de Gobierno serán políticamente responsables ante la Asamblea.", "Un Tribunal Superior de Justicia, sin perjuicio de la jurisdicción que corresponde al Tribunal Supremo, culminará la organización judicial en el ámbito territorial de la Comunidad Autónoma. En los Estatutos de las Comunidades Autónomas podrán establecerse los supuestos y las formas de participación de aquéllas en la organización de las demarcaciones judiciales del territorio. Todo ello de conformidad con lo previsto en la ley orgánica del poder judicial y dentro de la unidad e independencia de éste.", "Sin perjuicio de lo dispuesto en el artículo 123, las sucesivas instancias procesales, en su caso, se agotarán ante órganos judiciales radicados en el mismo territorio de la Comunidad Autónoma en que esté el órgano competente en primera instancia." ] }, { "name": "Apartado 2", "description": "Una vez sancionados y promulgados los respectivos Estatutos, solamente podrán ser modificados mediante los procedimientos en ellos establecidos y con referéndum entre los electores inscritos en los censos correspondientes." }, { "name": "Apartado 3", "description": "Mediante la agrupación de municipios limítrofes, los Estatutos podrán establecer circunscripciones territoriales propias, que gozarán de plena personalidad jurídica." }] }, { "name": ["Artículo 153", "Art. 153", "Centésimo quincuagésimo tercer Artículo", "Centésimo quincuagésimo tercer Art.", "153º Artículo", "153º Art."], "patterns": ["/^art(?:\\. *|[íi]culo)? *(?:153º?|cent[ée]simo *quincuag[ée]simo *tercer[oa]?)/i", "/^(?:cent[ée]simo *quincuag[ée]simo *tercer[oa]?|153(?:º|er)?) +art(?:\\. *|[íi]culo)?$/i"], "description" : "El control de la actividad de los órganos de las Comunidades Autónomas se ejercerá:", "children": [{ "name": "Apartado a", "description": "Por el Tribunal Constitucional, el relativo a la constitucionalidad de sus disposiciones normativas con fuerza de ley." }, { "name": "Apartado b", "description": "Por el Gobierno, previo dictamen del Consejo de Estado, el del ejercicio de funciones delegadas a que se refiere el apartado 2 del artículo 150." }, { "name": "Apartado c", "description": "Por la jurisdicción contencioso-administrativa, el de la administración autónoma y sus normas reglamentarias." }, { "name": "Apartado d", "description": "Por el Tribunal de Cuentas, el económico y presupuestario." }] }, { "name": ["Artículo 154", "Art. 154", "Centésimo quincuagésimo cuarto Artículo", "Centésimo quincuagésimo cuarto Art.", "154º Artículo", "154º Art."], "patterns": ["/^art(?:\\. *|[íi]culo)? *(?:154º?|cent[ée]simo *quincuag[ée]simo *cuarto)/i", "/^(?:cent[ée]simo *quincuag[ée]simo *cuarto|154(?:º|to)?) +art(?:\\. *|[íi]culo)?$/i"], "description": "Un delegado nombrado por el Gobierno dirigirá la Administración del Estado en el territorio de cada Comunidad Autónoma y coordinará la misma con la administración autonómica." }, { "name": ["Artículo 155", "Art. 155", "Centésimo quincuagésimo quinto Artículo", "Centésimo quincuagésimo quinto Art.", "155º Artículo", "155º Art."], "patterns": ["/^art(?:\\. *|[íi]culo)? *(?:155º?|cent[ée]simo *quincuag[ée]simo *quinto)/i", "/^(?:cent[ée]simo *quincuag[ée]simo *quinto|155(?:º|to)?) +art(?:\\. *|[íi]culo)?$/i"], "children": [{ "name": "Apartado 1", "description": "Si una Comunidad Autónoma no cumpliere las obligaciones que la Constitución u otras leyes le impongan, o actuare de forma que atente gravemente al interés general de España, el Gobierno, previo requerimiento al Presidente de la Comunidad Autónoma y, en caso de no ser atendido, con la aprobación por mayoría absoluta del Senado, podrá adoptar las medidas necesarias para obligar a aquélla al cumplimiento forzoso de dichas obligaciones o para la protección del mencionado interés general." }, { "name": "Apartado 2", "description": "Para la ejecución de las medidas previstas en el apartado anterior, el Gobierno podrá dar instrucciones a todas las autoridades de las Comunidades Autónomas." }] }, { "name": ["Artículo 156", "Art. 156", "Centésimo quincuagésimo sexto Artículo", "Centésimo quincuagésimo sexto Art.", "156º Artículo", "156º Art."], "patterns": ["/^art(?:\\. *|[íi]culo)? *(?:156º?|cent[ée]simo *quincuag[ée]simo *sexto)/i", "/^(?:cent[ée]simo *quincuag[ée]simo *sexto|156(?:º|to)?) +art(?:\\. *|[íi]culo)?$/i"], "children": [{ "name": "Apartado 1", "description": "Las Comunidades Autónomas gozarán de autonomía financiera para el desarrollo y ejecución de sus competencias, conforme a los principios de coordinación con la Hacienda estatal y de solidaridad entre todos los españoles." }, { "name": "Apartado 2", "description": "Las Comunidades Autónomas podrán actuar como delegadas o colaboradoras del Estado para la recaudación, gestión y liquidación de los recursos tributarios estatales en su territorio, conforme a la ley y a los Estatutos." }] }, { "name": ["Artículo 157", "Art. 157", "Centésimo quincuagésimo séptimo Artículo", "Centésimo quincuagésimo séptimo Art.", "157º Artículo", "157º Art."], "patterns": ["/^art(?:\\. *|[íi]culo)? *(?:157º?|cent[ée]simo *quincuag[ée]simo *s[ée]ptimo)/i", "/^(?:cent[ée]simo *quincuag[ée]simo *s[ée]ptimo|157(?:º|mo)?) +art(?:\\. *|[íi]culo)?$/i"], "children": [{ "name": "Apartado 1", "description": "Los recursos de las Comunidades Autónomas estarán constituidos por:", "children": [{ "name": "Recurso a", "description": "Impuestos cedidos total o parcialmente por el Estado; recargos sobre impuestos estatales y otras participaciones en los ingresos del Estado." }, { "name": "Recurso b", "description": "Sus propios impuestos, tasas y contribuciones especiales." }, { "name": "Recurso c", "description": "Transferencias del Fondo de Compensación Interterritorial y otras asignaciones con cargo a los Presupuestos Generales del Estado." }, { "name": "Recurso d", "description": "Ingresos procedentes de su patrimonio y demás de derecho privado." }, { "name": "Recurso e", "description": "El producto de las operaciones de crédito." }] }, { "name": "Apartado 2", "description": "Las Comunidades Autónomas podrán actuar como delegadas o colaboradoras del Estado para la recaudación, gestión y liquidación de los recursos tributarios estatales en su territorio, conforme a la ley y a los Estatutos." }, { "name": "Apartado 3", "description": "Una ley orgánica regulará el Fondo de Compensación Interterritorial, con destino a gastos de inversión y recursos adicionales para corregir desequilibrios económicos interterritoriales." }] }, { "name": ["Artículo 158", "Art. 158", "Centésimo quincuagésimo octavo Artículo", "Centésimo quincuagésimo octavo Art.", "158º Artículo", "158º Art."], "patterns": ["/^art(?:\\. *|[íi]culo)? *(?:158º?|cent[ée]simo *quincuag[ée]simo *octavo)/i", "/^(?:cent[ée]simo *quincuag[ée]simo *octavo|158(?:º|vo)?) +art(?:\\. *|[íi]culo)?$/i"], "children": [{ "name": "Apartado 1", "description": "Los Presupuestos Generales del Estado consignarán una asignación para las Comunidades Autónomas en función del volumen de servicios y competencias asumidos y garantizarán un nivel mínimo en la prestación de los servicios públicos fundamentales en todo el territorio español." }, { "name": "Apartado 2", "description": "Con cargo a los Presupuestos Generales del Estado se podrá establecer un Fondo de Compensación destinado a corregir desequilibrios económicos interterritoriales y hacer efectivo el principio de solidaridad." }] }] }]