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2026-03-06 20:28:52 +01:00

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Examen de Desarrollo: Constitución Española (Bloque 1)

Pregunta 1 (Título VIII - Organización Territorial) - Castellano:

El Artículo 155 es uno de los más mencionados, pero requiere muchísima precisión legal en un examen. Desarrolla lo siguiente:

¿Qué dos supuestos exactos deben darse en una Comunidad Autónoma para que el Estado pueda intervenir amparándose en este artículo? Y, lo más importante, ¿cuál es el procedimiento previo obligatorio (los pasos exactos que debe dar el Gobierno y quién debe autorizarlo) antes de poder adoptar las medidas necesarias?

Respuesta

Los casos en los que pueden darse son por no cumplir las obligaciones de la legislación que tenga impuestas; o bien, actuara en contra del interés general de España o del Gobierno central o autonómico. Para poder ejecutar este artículo, a parte de lo anterior, este requiere de ser solicitado por el Presidente de la Comunidad Autónoma; o en caso de no ser solicitado, cuando hubiere mayoría absoluta en el Senado para su ejecución por los motivos al principio nombrados. Todo ello lo encontramos en el Apartado 1 del mismo Artículo. Éste pertenece al Capítulo III, de las Comunidades Autónomas, del Título VIII, de la Organización Territorial.

Anotaciones: Tuve que mirarlo. ¿Te puedes creer que miramos tanto otras cosas que se me fue olvidando esto? Es que es a esto justo a lo que le tengo miedo. ¡Jajajaja! Lo bueno es que lo tenía más o menos localizado mentalmente, pero poco más.

Corrección

  • Contenido Técnico y Legal: ¡Cuidado aquí! Has caído en la trampa mortal del 155. Los motivos (incumplimiento de obligaciones o atentar contra el interés general) los tienes perfectos. Sin embargo, el procedimiento previo lo has invertido. El Presidente de la Comunidad Autónoma no solicita la intervención (¡sería tirar piedras contra su propio tejado!). Lo que hace el Gobierno central es requerir (exigir, advertir) al Presidente autonómico para que cese en su actitud. Si este no hace caso al requerimiento, entonces el Gobierno acude al Senado para pedir la mayoría absoluta.
  • Redacción: Comprensible, pero un poco enrevesada al principio ("Los casos en los que pueden darse son por no cumplir..."). Mejor ir al grano: "Los supuestos son dos: incumplimiento..."
  • Respuesta a tu anotación: ¡Me lo creo perfectamente! En las oposiciones a veces miramos tanto la letra pequeña que se nos olvida el título del libro. Al menos sabías dónde estaba ubicado (Capítulo III, Título VIII), lo cual demuestra que tienes el mapa mental construido.

Pregunta 2 (Título I - Dereitos e Deberes Fundamentais) - Galego:

O Artigo 116 regula os estados de alarma, excepción e sitio. Para non caer en trampas con este tema tan denso, fai un desenvolvemento onde detalles de forma moi clara: Quen declara (ou propón e autoriza) cada un destes tres estados e cal é o prazo inicial máximo de duración de cada un deles antes de calquera prórroga.

Resposta

Este artigo telos datos de interese nos seus apartados 2, 3 e 4, sendo cada un deles cada un dos estados especiais cara emerxencias.

  1. Fálanos sobre o estado de alarma, o cal ten que ser declarado polo Goberno mediante decreto aprobado en Consello de Ministros cun prazo máximo de 15 días, só prorrogado por conta do Congreso dos Diputados.
  2. Fálanos sobre o estado de excepción, o cal ten que ser declarado polo Goberno mediante decreto aprobado polo Consello de Ministros cunha previa autorización do Congreso dos Diputados, cunha duración máxima de 30 días, prorrogables coas mesmas condicións.
  3. Fálanos sobre o estado de sitio, o cal só pode ser declarado pola maioría absoluta do Congreso dos Diputados por petición expresa do Goberno. Non ten establecidos tempos por mor de estaren á dictaminar no momento.

Isto podémolo ver no último artigo do Título V, das Relacións entre o Goberno e as Cortes Xerais.

Anotacións: Sei que sae no artigo 55 do Capítulo V, da Suspensión dos Dereitos e Liberdades, do Título I, dos Dereitos e Liberdades Fundamentáis, pero concretamente, o Título V non me entra. Isto ven sendo por mor da remisión normativa que estabamos a comentar noutras ocasións?

Corrección

  • Contido Técnico e Legal: ¡Sobresaliente! Craváchelo. Tes os prazos, as autoridades e as prórrogas exactas na túa cabeza. Non caíches na trampa de poñerlle un prazo ao estado de sitio (que é o erro máis común).
  • Ortografía e Gramática: Moi ben estruturado, pero ollo con dous castelanismos moi frecuentes:
    • Escribiches "Diputados", en galego é Deputados.
    • Escribiches "á dictaminar", sería a ditaminar (sen o 'c').
  • Resposta á túa anotación: ¡Exactamente! Deches no cravo coa remisión normativa. O Dereito é como un quebracabezas. O Artigo 55 (Título I) diche que dereitos se poden suspender, pero para saber como se activan eses estados de emerxencia, a Constitución remíteche ao procedemento orgánico do Artigo 116 (Título V). ¡Esa conexión que fixeches é de nivel avanzado!

Pregunta 3 (Título X - Reforma Constitucional) - Castellano:

Imagina que las Cortes Generales proponen una modificación del Artículo 15 (Derecho a la vida y a la integridad física y moral), situado en el Título I, Capítulo Segundo, Sección 1ª.

¿Qué procedimiento de reforma (el ordinario del Art. 167 o el agravado del Art. 168) se tendría que utilizar obligatoriamente? Justifica tu respuesta y detalla los pasos de aprobación que exige ese procedimiento específico desde el principio hasta el final (mayorías necesarias, disolución de cámaras, referéndum, etc.).

Respuesta

Se haría una Reforma de la Constitución Extraordinaria o Agravada por el hecho de que es un Derecho fundamental que atañe a la Sección I, de los Derechos Fundamentales y de las Liberades Públicas, del Capítulo II, de los Derechos y Libertades, del Título I, de los Derechos y Deberes Fundamentales. Es una de las casuísticas que en caso de Reforma Constitucional obliga a pasar por esta vía, más estricta y difícil de aprobar por su alta sensibilidad.

Para poder ser aprobado han de pasar los siguientes pasos:

  1. Aprobación por al menos 2/3 del Congreso y Senado y su posterior disolución de las Cortes.
  2. Las nuevas cámaras han de ratificar la decisión mediante un estudio del nuevo texto constitucional, el cual ha de ser aprobado con al menos 2/3 del Congreso y Senado.
  3. Se hará un referéndum de las Cortes Generales para su ratificación.

Anotaciones: ¡¡Me acordé de algo!! ¡Jajajaja!

Corrección

  • Contenido Técnico y Legal: Muy buena identificación. Efectivamente, al ser el Art. 15 (Sección 1ª, Capítulo II, Título I), toca la vía del dolor: el procedimiento agravado del 168. Tienes los pasos casi perfectos, pero hay un error de concepto al final: el referéndum no es de las Cortes, es de los ciudadanos. Las Cortes votan, pero el referéndum final es para que tú y yo vayamos a las urnas. Además, en el 168 ese referéndum es obligatorio (a diferencia del 167, que solo se hace si lo pide un 10% de una cámara).
  • Redacción: Clara, esquemática y directa al grano. El uso de listas numeradas es perfecto para explicar procesos.
  • Respuesta a tu anotación: ¡A base de golpes se aprende! Recordaste la estructura del Título I, que es larguísima, así que date una palmada en la espalda.