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2026-04-09 20:01:06 +02:00

547 B

Esquema

  1. Menores. 14 años.
    • Menores de 14 años o más: Consentimiento propio válido.
    • Menores de menos de 14 años: Consentimiento de titulares de patria potestad o tutela.
    • Excepción: Actos que la ley permita realizar por sí mismos.

Trampas y alertas

  1. Menores. 14 años.
    • Marcar los 13 años (límite inferior que permite el RGPD europeo, pero España fijó 14).
    • Marcar los 16 años (edad legal laboral o de emancipación, irrelevante aquí).
    • Marcar los 18 años (mayoría de edad general).